Skip to content Skip to sidebar Skip to footer

La CEE desmiente cualquier «entendimiento negociado» con el Gobierno sobre la Religión en Bachillerato

Califica de «rotunda falsedad» lo expuesto por la letrada y anuncia que explorará «los cauces jurídicos necesarios y posibles» para impedir que la afirmación aparezca como «veraz y probada en el texto de la sentencia»

La Conferencia Episcopal Española ha hecho pública una nota aclaratoria para refutar categóricamente que haya alcanzado ningún «entendimiento negociado» con el Gobierno sobre la asignatura de Religión en la etapa formativa de Bachillerato, según sugiere la reciente sentencia del Tribunal Supremo (R. CASACION/6342/2023), que aborda la desestimación del recurso contencioso-administrativo que el arzobispado de Oviedo había interpuesto contra el decreto 60/2022 del Principado de Asturias, el cual regula el lugar de esta materia en los planes de estudio inmediatamente anteriores a la universidad.

El escrito, publicado por la Comisión Episcopal para la Educación y la Cultura, asegura que es «rotundamente falsa» cualquier afirmación que sugiera que la Conferencia Episcopal Española haya alcanzado algún acuerdo con el ministerio de Educación para suprimir la existencia de una asignatura alternativa —conocida como «asignatura espejo»— a la de Religión Católica en la etapa de Bachillerato.

En la mencionada sentencia, se alude a un «entendimiento negociado durante la negociación de los currículos» con la Conferencia Episcopal Española referente al tratamiento diferencial de la materia en Bachillerato. Por ello, la Comisión se muestra especialmente enfática al calificar que es «rotundamente falsa» la implicación de ningún pacto con el Gobierno bajo la LOMLOE. Incluso, en el supuesto de que la afirmación se refiriera a una negociación específica durante la reciente tramitación de la Ley Educativa, «reiteramos que se trata de una falsedad». Por ello, el comunicado califica la aseveración de la letrada del Principado de Asturias de «mera conjetura que carece de soporte fáctico».

Si bien el Bachillerato no es una etapa obligatoria y los Acuerdos de 3 de Enero de 1979 recogen un ordenamiento distinto para esta etapa —circunstancia a la que se podría haber querido referir la letrada—, esta circunstancia no queda reflejada en la redacción de la sentencia ni, en consecuencia, es lo que recogen los medios de comunicación. La Comisión Episcopal ha expresado su profunda preocupación por el hecho de que esa falsedad «quede oficialmente recogida como verdad en un documento jurídico tan relevante».

Ante la gravedad de la situación, la CEE explorará «los cauces jurídicos necesarios y posibles» para impedir que la afirmación de la letrada se mantenga como «veraz y probada en el texto de la sentencia». Para que la versión del Principado tuviera sustento legal, la Comisión exige que se acredite documentalmente la existencia del «entendimiento negociado» al que se hace referencia.

La CEE recuerda que siempre ha reclamado en las negociaciones el cumplimiento del Acuerdo entre España y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales de 1979. Este acuerdo exige que la asignatura de Religión se imparta «en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales». La Conferencia siempre ha defendido que esta equiparación implica asegurar las condiciones académicas y de carga lectiva debidas, velando por la «dignidad curricular» de la materia. Por ello, la Comisión Episcopal ha trasladado en reiteradas ocasiones a la opinión pública que la solución aplicada por el ministerio y algunas Comunidades Autónomas a la ordenación académica de la asignatura en Bachillerato se considera inapropiada.

This Pop-up Is Included in the Theme
Best Choice for Creatives
Purchase Now